La fiscalización de operaciones internacionales se ha intensificado en 2025 con un enfoque renovado derivado de los acuerdos de cooperación previstos en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El objetivo central es reforzar la transparencia y trazabilidad en las transacciones comerciales y fiscales transfronterizas, mediante el intercambio automatizado de información entre las autoridades tributarias de los tres países.
El SAT, en conjunto con el IRS (Estados Unidos) y la CRA (Canadá), ha implementado mecanismos que permiten detectar con mayor precisión discrepancias en precios de transferencia, origen de mercancías y estructura fiscal de las empresas con operaciones trilaterales.
Esto representa una nueva etapa de fiscalización coordinada, donde los datos contables, aduaneros y financieros son contrastados en tiempo real a través de sistemas compartidos.
Cómo se materializa esta fiscalización
El nuevo modelo de supervisión integra herramientas tecnológicas, revisión documental y cruces multilaterales de información.
Entre los principales enfoques destacan:
- Validación conjunta de precios de transferencia: las autoridades de los tres países revisan que las operaciones intercompañía se realicen bajo condiciones de mercado (arm’s length), con consistencia entre las declaraciones locales e informes maestros.
- Revisión de origen de mercancías: el cumplimiento de las reglas de contenido regional del T-MEC ahora se audita de forma cruzada, verificando que los certificados y pedimentos coincidan con los componentes efectivamente utilizados.
- Rastreo de flujos financieros: se fortalecen los acuerdos de intercambio automático de información bancaria y fiscal bajo el Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA) y la Common Reporting Standard (CRS).
- Control de regímenes especiales: se supervisan las operaciones de maquila, IMMEX y comercio electrónico con implicaciones fiscales en más de un país.
- Verificación de gastos deducibles internacionales: los pagos por regalías, servicios técnicos o asesorías deberán tener sustento documental y evidencia de la contraprestación efectiva.
Ejemplo práctico:
Una empresa mexicana exportadora de autopartes bajo T-MEC deberá acreditar el contenido regional de sus productos, demostrar que sus precios intercompañía están dentro del rango de mercado y conservar documentación comprobatoria tanto en México como en Estados Unidos.
Cualquier diferencia detectada por el IRS o el SAT puede generar ajustes fiscales simultáneos en ambos países.
Estrategias recomendadas
- Actualizar los estudios de precios de transferencia: garantizar que estén alineados con las metodologías del T-MEC y la OCDE.
- Conservar documentación de origen y manufactura: respaldar cada exportación con pruebas de contenido regional y procesos de transformación.
- Revisar contratos intercompañía: definir términos claros, condiciones de mercado y evidencia de ejecución real.
- Conciliar información contable y aduanera: verificar que valores, volúmenes y facturas coincidan entre sistemas.
- Supervisar pagos al extranjero: asegurar que cuenten con retenciones y documentación fiscal suficiente.
- Implementar auditorías internas de cumplimiento T-MEC: revisar trazabilidad, márgenes y documentación cada trimestre.
- Coordinar con asesores internacionales: mantener coherencia entre reportes fiscales en los tres países.
La fiscalización transfronteriza bajo el T-MEC marca un cambio de paradigma en el control tributario: ya no se limita a cada país, sino que opera como un sistema integrado de verificación internacional.
Las empresas con operaciones trilaterales deberán adoptar una visión de cumplimiento coordinado, donde la documentación y la congruencia de datos sean su principal defensa.
En ACEI, ayudamos a las compañías con presencia internacional a revisar sus políticas fiscales, precios de transferencia y cumplimiento documental, garantizando seguridad y congruencia ante auditorías conjuntas bajo el marco del T-MEC.
